- Para promover solicitud de plaza en el colegio mayor, será necesario que el candidato vaya a realizar estudios en cualquiera de las universidades de Madrid oficialmente reconocidas. Podrán también presentar solicitud quienes sean titulados universitarios y pretendan realizar estudios de doctorado, de master o preparar oposiciones
- El proceso de admisión consta de dos fases:
- 1. Evaluación de los datos expuestos en la solicitud que, en función del número de solicitudes recogidas, podrá tener carácter selectivo
- 2. Una entrevista
- La fecha de realización de la misma será fijada por la secretaría del centro, bien directamente o a propuesta del candidato, que será aceptada cuando existan vacantes en la fecha propuesta y siempre que existan motivos justificados
- Las entrevistas se llevarán a cabo entre las 10:30 y las 17:30 horas en días laborables de lunes a viernes
- En el transcurso de la entrevista, el solicitante deberá aportar los que justifiquen los datos académicos y complementarios, si los hubiere, expuestos en el impreso de solicitud
- Tienen derecho preferente de acceso al colegio mayor:
- Los residentes en el curso anterior
- Los candidatos que sean becarios del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o de alguna institución de carácter público, conforme a la normativa aplicable
- La valoración de los criterios que inspirarán la concesión de plaza en el colegio mayor será la siguiente:
- El rendimiento académico del solicitante en los estudios cursados: hasta 10 puntos
- La capacidad del candidato, estimada en la fase de entrevista, para integrarse en la comunidad colegial y en las actividades culturales y deportivas, en cumplimiento de los objetivos del Colegio Mayor; así como aquellos otros aspectos que signifiquen méritos complementarios: hasta 4 puntos
- La universidad donde vaya a proseguir estudios el solicitante. Universidad Complutense de Madrid: 2 puntos. Resto de universidades públicas de Madrid: 1 punto
- Los solicitantes en los que se dé la circunstancia de vinculación con familiares que tengan relación laboral con la SEPI o con alguna de sus empresas participadas o fundaciones: 2 puntos
- Los de la unidad familiar del solicitante: hasta 2 puntos.